La Corte Suprema de Chile ordenó el pasado viernes la paralización del mega proyecto Parque Eólico Chiloé de la empresa sueco-chilena Ecopower tras acoger un recurso de protección presentado por comunidades indígenas de la Isla Grande de Chiloé, región de Los Lagos.
El mega proyecto eólico que buscaba emplazar 56 torres de más de 100 metros de altura en la zona de Mar Brava, al noroeste de la isla, fue aprobado de manera ilegal el 02 de Julio de 2011 por la Comisión Regional de Medio Ambiente (COREMA) de la región de Los Lagos, presidida por el intendente Juan Sebastián Montes. En dicha oportunidad, diversas agrupaciones sociales expresaron su rechazo al irregular actuar de la COREMA que aprobó de manera unánime el desarrollo del cuestionado proyecto sin requerir la realización de un Estudio de Impacto Ambiental, como lo exige la legislación chilena cuando este tipo de iniciativas se realizan en sitios arqueológicos, zonas protegidas, humedales; o si amenazan la conservación de especies protegidas, entre otros.
En este contexto, la Corte Suprema, última instancia legal de apelación ante fallos arbitrarios, acogió el viernes pasado un recurso de protección presentado por comunidades indígenas, toda vez que no se realizaron consultas a las comunidades originarias como lo requiere el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En fallo unánime de los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal atendieron la acción cautelar que solicitaba revertir la resolución de la COREMA Los Lagos que calificó como favorable una simple declaración de impacto ambiental para la construcción del mega proyecto. El documento se destaca que hubo un “actuar arbitrario de la Comisión de Medioambiente (de Los Lagos) al no realizar la consulta a la comunidad indígena” y agrega que “las reuniones voluntarias de acercamiento con la comunidad distan de satisfacer las características que posee (el proceso) de consulta a los afectados”.
La resolución agrega que “tal proceder deviene en que la resolución de calificación ambiental impugnada incumple la obligación de fundamentación de los actos administrativos porque no es fruto de un claro proceso de consulta (…) tal carencia torna ilegal la decisión al faltar a un deber de consulta que correspondía acatar la autoridad por imperativo legal.”
Al respecto, el diputado Fidel Espinoza, quien apoyó las diversas demandas de los grupos sociales contra el proceso y localización del parque eólico Chiloé calificó el fallo como histórico y solicitó la renuncia del Intendente de Los Lagos, Juan Sebastián Montes, por haber liderado en calidad de presidente de la COREMA, la arbitraria aprobación del proyecto en agosto pasado sin un Estudio de Impacto Ambiental.
Por su parte Bárbara Galletti, presidenta del Centro de Conservación Cetacea, organización que ha trabajado conjuntamente con grupos locales demandando la relocalización del proyecto y la realización del Estudio de Impacto Ambiental, afirmó que “valoramos el fallo de la Corte Suprema y esperamos que esta histórica determinación se replique para otros proyectos energéticos que han sido aprobados de manera cuestionable y que también amenazan la efectiva conservación de nuestro patrimonio natural y/o cultural”.
En enero pasado Galletti, miembro del Comité Científico de la Comisión Ballenera Internacional, entregó una carta firmada por más de 50 especialistas mundiales en acústica e investigación de ballenas al presidente de la República, Sebastián Piñera, solicitando la relocalización del proyecto parque eólico Chiloé debido a los impactos que tendría sobre la población de ballenas azules que se alimentan durante la temporada estival en el noroeste de Chiloé, así como el cumplimiento de la legislación vigente mediante la realización de un Estudio de Impacto Ambiental.
Fuente: Centro de Conservación Cetacea, El Repuerto, Radio Cooperativa